El actual Ministro de Trabajo y Seguridad Social se mostró complacido con la aprobación e indicó que la guía es para favorecer las condiciones y garantizar el bienestar físico de las personas teletrabajadoras, además de colaborar con la reducción en la emisión de gases de efecto invernadero generada por el transporte de los colaboradores.
La guía está compuesta por cinco secciones y tres Anexos. La primera sección abarca los riesgos que pueden presentarse y las medidas preventivas. Por ejemplo, espacio amplio debajo del escritorio para que la persona pueda mover las piernas, cables eléctricos organizados y almacenar los objetos que puedan ocasionar caídas. Los riesgos físicos son los factores ambientales como el ruido o la luz.
El aparatado B expone las condiciones que debe tener el lugar de trabajo en cuanto al espacio físico: que esté acondicionado para colocar las herramientas e insumos necesarios, ventilación adecuada, que las fuentes de luz no provoquen sombras o reflejos molestos en las computadoras y si se dispone de luz natural por medio de ventanas o puertas de vidrio, pueden colocarse persianas o cortinas, para contrarrestar los rayos del sol. Se debe procurar que sea un espacio alejado o aislado del ruido para favorecer la concentración.
La sección C describe las condiciones que deben tener las herramientas de trabajo, es decir, cómo debe ser el escritorio, la silla, el teléfono, el teclado, el mouse, el equipo portátil y la posibilidad de un reposapiés cuando la persona no pueda colocar los pies en el piso. Seguidamente, en el apartado D, se encontrarán las recomendaciones en cuanto a la postura. Se recomienda hace pausas laborales saludables (en el Anexo 2 se describe gráficamente ejercicios de estiramiento y relajación en estas pausas activas).
Por último, el apartado E enuncian las responsabilidades del empleador y de la persona teletrabajadora.
El empleador debe promover que el teletrabajador tenga las condiciones mínimas de salud ocupacional, por esta razón, en el Anexo 3 hay un formulario de autocontrol, que permite a ambas partes revisar si se cumple con las condiciones mínimas adecuadas de salud ocupacional en el centro de trabajo, se recomienda que se complete por el trabajador antes del inicio del teletrabajo y sea analizado por el empleador.
La guía está disponible tanto en la página web del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social como del CSO. Desde EY podemos colaborar con la implementación con las organizaciones para las guías de teletrabajo y así poder establecer las situaciones adecuadas para esta nueva oportunidad laboral.